File talk:Ignacio Corsini.jpg

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Aunque no dispongamos de los datos necesarios para comprobar que la imagen es de dominio público por el Artículo 34 de la Ley 11.723, por el Artículo 31 de la misma Ley queda claro que la publicación es libre.

"Art. 31. - El retrato fotográfico de una persona no puede ser puesto en el comercio sin el consentimiento expreso de la persona misma, y muerta ésta, de su cónyuge e hijos o descendientes directos de éstos, o en su defecto del padre o de la madre. Faltando el cónyuge, los hijos, el padre o la madre, o los descendientes directos de los hijos, la publicación es libre.

La persona que haya dado su consentimiento puede revocarlo resarciendo daños y perjuicios.

Es libre la publicación del retrato cuando se relacione con fines científicos, didácticos y en general culturales, o con hechos o acontecimientos de interés público o que se hubieren desarrollado en público."

http://www.secyt.gov.ar/11723.htm

Boru318 23:46, 27 December 2006 (UTC)[reply]