File:1506 codicil of Christopher Columbus 3.jpg

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1506 codicil of Christopher Columbus

Transcription by Manuel da Silva Rosa:

Porque fasta agora no se ha sabido renta de las dichas Indias, porque yo pueda repartir d'ella lo que d'ella aquí abaxo diré, e se espera en la misericordia de Nuestro Señor que se ayan de aver bien grande, mi intençión sería y es que don Fernando, mi hijo, uviese d'ella un cuento y medio cada un año, e don Bartholomé, mi hermano, çiento y çincuenta mil maravedís, e don Diego, mi hermano, çien mil maravedís, porque es de la Iglesia. Mas esto non lo puedo dezir determinadamiente, porque fasta agora non e avido ni ay renta conoçida, como dicho es.

Digo, por mayor declaraçión de lo susodicho, que mi voluntad es que el dicho doo Diego, mi hijo, aya el dicho mayorazgo con todos mis bienes e ofiçios, como e por la guisa que dicho es e que yo los tengo. E digo que toda la renta que él toviere por razón de la dicha herençia, que haga él dies partes d'ella cada un año, e que la una parte d'estas diez la reparta entre nuestros parientes, los que pareçieren haverlo más menester e personas necesitadas y en otras obras pías. E después d'estas nueve partes tome las dos d'ellas e las reparta en treinta y cinco partes, e d'ellas aya don Fernando, mi hijo, las vente y siete e don Bartholomé aya las cinco e don Diego, mi hermano, las tres. E porque, como arriba dixe, mi deseo sería que don Fernando, mi hijo, uviese un cuento y medio e don Bartholorné ciento y cincuenta mil maravedís e don Diego ciento, e no sé cómo esto aya de ser, porque fasta agora la dicha renta del dicho mayorazgo non está sabida ni tiene número, digo que se siga esta orden que arriba dixe, fasta que placerá a Nuestro Señor que las dichas dos partes de las dichas nueve abastarán e llegarán a tanto acrecentamiento que en ellas havrá el dicho un cuento e medio para don Fernando e ciento y cincuenta mil maravedís para don Bartholomé e cien mil para don Diego. E cuando plazerá a Dios que esto sea o que si las dichas dos partes, se entienda de las nueve sobredichas, llegaren contía de un cuento y sieteçientos e çincuenta mil maravedís, que toda la demasía sea e la aya don Diego, mi hijo, o quien heredare, y digo y ruego al dicho Don Diego, mi hijo, o a quien heredare que, si la renta d'este dicho mayorazgo creciere mucho, que me hará plazer acrecentar a don Fernando e a mis hermanos la parte que aquí va dicha.

Digo que esta parte que yo mando dar a don Fernando, mi hijo, que yo fago d'ella mayorazgo en él, e que le suceda su hijo mayor, y ansí de uno en otro perpetuamente, sin que la pueda vender ni trocar ni dar ni enajenar por ninguna manera, e sea por la manera e guisa qu'está dicho en el otro mayorazgo que yo e fecho en don Diego, mi hijo.
Date
Source Scans from Manuel da Silva Rosa website
Author Pedro de Ennoxedo
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current03:45, 11 August 2011Thumbnail for version as of 03:45, 11 August 2011262 × 373 (112 KB)DarwIn (talk | contribs){{Information |Description=1506 codicil of Christopher Columbus Transcription by Manuel da Silva Rosa: El Rey e la Reina, Nuestros Señores, cuando yo les servi con las Indias, digo serví, que parece que yo por la voluntad de Dios Nuestro Señor se las

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